El TS considera delito difundir imágenes obtenidas con el permiso de la víctima que afectan gravemente a su intimidad
El Tribunal Supremo ha establecido que comete un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.7 del Código Penal quien difunde imágenes obtenidas con el permiso de la víctima que afectan gravemente a su intimidad. En una sentencia en la que, como destaca Noticias Jurídicas, el Alto Tribunal se pronuncia por primera vez sobre el artículo 197.7 del Código Penal, introducido tras la reforma de 2015, se confirma la condena al pago de una multa de 1080 € impuesta a un hombre que envió desde su teléfono móvil una foto de una amiga desnuda, que previamente ella misma le había enviado, al compañero sentimental de ésta sin su consentimiento.